Normativa para las Entidades de Dinero Electrónico.
Marzo 3, 2008
Hoy se publica en el BOE el Real Decreto 322/2008, de 29 de febrero, sobre el régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico. Estas entidades ya estaban consideradas como entidades de crédito, por tanto, su régimen jurídico responde esencialmente al esquema de los ya previstos para las restantes entidades de crédito.
No obstante, con independencia de las similitudes de las EDE con otras entidades de crédito, el real decreto contempla las especiales características de estas nuevas entidades con un régimen diferenciado en un buen número de aspectos. Las peculiaridades de las EDE se han establecido en virtud de una doble característica. Por un lado se establecen menores requisitos relacionados con la supervisión cautelar, como un capital mínimo inicial menor o la no sujeción a determinados preceptos de la normativa bancaria, mientras que, por otro, se limitan las actividades que tales entidades pueden llevar a cabo y se impone un régimen de inversiones obligatorias en determinados activos.
A las EDE se les exige un capital inicial mínimo de un millón de euros y unos fondos propios permanentes, iguales o superiores al 2 por ciento del saldo de sus pasivos financieros derivados del dinero electrónico emitido en circulación o de la media de dicho saldo durante los seis meses precedentes, si este último importe fuese superior. Para el control del cumplimiento de la normativa, las EDE están sujetas a la supervisión y control de su actividad por parte del Banco de España. El propio Real Decreto incluye la habilitación al Banco para dictar las normas de desarrollo necesarias para el adecuado ejercicio de aquellas funciones de supervisión y control que le son propias en relación con las entidades de crédito.
Manual del nuevo Reglamento de la LOPD
Marzo 3, 2008
Cinco Días publica junto con el diario, a partir de hoy y hasta el próximo día 14, un manual del nuevo reglamento de desarrollo de la LOPD, elaborado por Áudea, Seguridad de la información, quienes han tenido la deferencia de contar con nuestra colaboración para la redacción de algún capítulo.
Áudea está entre las principales empresas especializadas en protección de datos a nivel nacional y cuenta con una importante cartera de clientes. Sin duda conocer el nuevo reglamento de la LOPD de la mano de sus expertos, es una muy buena oportunidad. Aun más si tenemos en cuenta que el coleccionable se distribuye de forma gratuita junto con el periódico, así que a los que tengáis la ocasión de verlo, espero que os resulte útil e interesante.
En el DOGA de 4 de febrero se publica la Resolución de 28 de enero de 2008, de la Secretaría Xeral de Comunicación, por la que se realiza la convocatoria de subvenciones, para este año 2008, destinadas a ayuntamientos, para la realización de estudios de cobertura de señal, realización de proyectos técnicos y dotación de equipamientos para el servicio de televisión digital terrestre.
Publicado el nuevo Reglamento de la LOPD
Enero 21, 2008
El sábado pasado se publicó por fin el nuevo reglamento de desarrollo de la LOPD, aunque probablemente muchos ya conozcáis su contenido, aquí tenéis el enlace:
Espero poder ir desarrollando algunas de las novedades más importantes del nuevo texto, aunque creo que ya se puede adelantar que no supone una revolución con respecto al anterior reglamento, sí puede ser aclaratorio de algunas cuestiones que hasta ahora habían sido conflictivas.
Modificado el IPREM para 2008
Enero 21, 2008
Aunque ya se había publicado un incremento del indicador público de efectos múltiples (IPREM) para el año 2008 en la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales, se acaba de modificar este valor, por Real Decreto-Ley 1/2008, de 18 de enero, estableciéndose las siguientes cuantías:
a) El IPREM diario, 17,23 euros.
b) El IPREM mensual, 516,90 euros.
c) El IPREM anual, 6.202,80 euros.
d) En los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional ha sido sustituida por la referencia al IPREM en aplicación de lo establecido en el Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, la cuantía anual del IPREM será de 7.236,60 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 6.202,80 euros.
El IGAPE convoca ayudas dentro del programa Innoempresa
Enero 18, 2008
El Instituto Gallego de Promoción Económica publica en el DOGA de 17 de enero una nueva convocatoria de ayudas dentro del Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas (programa Innoempresa). El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el día 17 de marzo de 2008 y la cantidad destinada a estas ayudas para este año asciende a 4.500.000 euros.
Tenéis más información sobre estas ayudas en la web del IGAPE.